NOTICE OF PROPOSED CLASS ACTION SETTLEMENT
PUEDE TENER DERECHO A UN PAGO POR UN ACUERDO DE DEMANDA COLECTIVA SI COMPRÓ ACCIONES ORDINARIAS DE RAIN ONCOLOGY, INC. ENTRE EL 23 DE ABRIL DE 2021 Y EL 19 DE MAYO DE 2023, INCLUSIVE.

Un tribunal federal autorizó este aviso. Esto no es una solicitud de un abogado.


SI USTED INTEGRA LA DEMANDA COLECTIVA, SUS DERECHOS LEGALES SE VERÁN AFECTADOS POR ESTE ACUERDO, SIN IMPORTAR QUE ACTÚE O NO. LEA DETENIDAMENTE ESTE AVISO.

  • Finalidad del Aviso: La finalidad del presente Aviso[1] es informarle sobre la pendencia de esta demanda colectiva de valores (la “Demanda”), el acuerdo propuesto para la demanda (el “Acuerdo”) y una audiencia que realizará el Tribunal para considerar: (i) si se debe aprobar el Acuerdo; (ii) si se debe aprobar el plan propuesto para distribuir las ganancias del Acuerdo (el “Plan de distribución”) y (iii) la solicitud de honorarios y costos de abogados del Abogado Principal.  Este Aviso describe los derechos importantes que puede tener y qué medidas debe tomar si desea participar en el Acuerdo, objetar o ser excluido de su participación en la demanda.
  • Resumen de demandas resueltasEl Acuerdo resuelve las demandas del Demandante Principal designado por el Tribunal, Myo Thant (“Demandante Principal”) y el demandante adicional nombrado Branden Schenkhuizen (junto al Demandante Principal, “Demandantes”), contra los Demandados Rain Oncology Inc. (“Rain”), Franklin Berger, Aaron Davis, Gorjan Hrustanovic, Tran Nguyen, Peter Radovich y Stefani Wolff (los “Directores demandados”, junto a Rain, los “Demandados” y junto con los Demandantes, las “Partes” y cada una, una “Parte”), por supuestas violaciones de las leyes federales de valores al supuestamente tergiversar y/u omitir hechos materiales entre el 23 de abril de 2021 y el 19 de mayo de 2023, inclusive, sobre el desarrollo y comercialización de milademetan por parte de Rain.
  • Declaración de recuperación por la demanda colectivaSujeto a la aprobación del Tribunal, los Demandantes, en nombre de los Participantes de la demanda, han acordado resolver la Demanda a cambio de un pago de $7,250,000 (el “Monto del acuerdo”), que se depositará en una Cuenta de garantía y puede generar intereses (el “Fondo del acuerdo”). El Fondo neto del acuerdo (como se define a continuación) se distribuirá entre los participantes de la demanda colectiva, de conformidad con el plan de distribución aprobado por el Tribunal (el “Plan de distribución”). El Plan de distribución propuesto se incluye en las páginas 13 a 17 a continuación.
  • Estimado de recuperación promedio por acción: Los Demandantes estiman que se negociaron aproximadamente 8,000,000 de acciones ordinarias de Rain durante el Período de la demanda colectiva que pueden haber sido afectadas. De conformidad con el Plan de distribución, si todas las partes afectadas de Rain deciden participar en el Acuerdo, la recuperación promedio por acción podría ser aproximadamente de $0.91, antes de la deducción de tarifas, gastos, costos e indemnizaciones descritas aquí. Los participantes de la demanda colectiva deben tener en cuenta que esto es solo un estimado. Algunos participantes de la demanda colectiva pueden recuperar más o menos que este monto estimado, dependiendo –entre otros factores– de cuándo y a qué precios compraron o vendieron sus acciones ordinarias de Rain y el número total de Formularios de Prueba de Reclamación y Liberación (“Formularios de Reclamación”) válidos presentados y el valor de dichas reclamaciones.  Las distribuciones a los participantes de la demanda colectiva se realizarán de conformidad con el Plan de distribución u otro plan similar de distribución que pueda ser ordenado por el Tribunal.
  • Declaración de posible resultado del caso si la demanda continuara siendo litigada:  Las Partes no están de acuerdo sobre la responsabilidad, los daños y tampoco coinciden en la cantidad de daños, si los hubiera, que serían recuperables si los Demandantes prevalecieran en cada demanda presentada contra los Demandados. Entre otras cosas, las Partes no están de acuerdo sobre (i) si los Demandados violaron las leyes federales de valores al hacer declaraciones materialmente falsas o de otra forma engañosas durante el Período de la demanda colectiva; (ii) si las supuestas tergiversaciones y omisiones en los archivos públicos de Rain fueron, de hecho, materialmente engañosas; (iii) si los Demandantes y los participantes de la demanda colectiva sufrieron algún daño como resultado de las supuestas violaciones de los Demandados de las leyes federales de valores y la supuesta revelación posterior de la verdad; (iv) si la supuesta mala conducta de los Demandados fue la causa imputable de las pérdidas sufridas por los participantes de la demanda colectiva y (v) si los Demandados actuaron con la culpabilidad imputable en cada demanda.
  • Motivos para el acuerdo: El motivo principal de los Demandantes para celebrar el Acuerdo es el beneficio sustancial monetario inmediato para los participantes de la demanda colectiva, sin el riesgo o las demoras inherentes a una litigación más a fondo.  Los Demandantes consideraron este beneficio contra el riesgo significativo de una recuperación menor o ninguna recuperación en absoluto que podría lograrse después de mociones disputadas, un juicio de la Demanda y las apelaciones posteriores al juicio.  Se estima que este proceso duraría varios años. El Acuerdo se celebró después de prolongados procedimientos de mediación. Sin admitir ninguna mala conducta o responsabilidad de su parte, los Demandados están dispuestos a llegar a un acuerdo para evitar las constantes cargas, gastos, inconveniencias y distracciones por una litigación adicional, siempre y cuando todas las demandas de los participantes de la demanda colectiva se resuelvan, acuerden mutuamente por completo y para siempre, y se desestimen sin prejuicio.
  • Honorarios y costos de abogados: El Abogado principal no ha recibido ningún pago por sus servicios en el manejo de este litigio en nombre de los Demandantes y los participantes de la demanda colectiva, ni se han reembolsado sus gastos de bolsillo.  Si el Acuerdo es aprobado por el Tribunal, el Abogado principal le solicitará honorarios de abogados al Tribunal que no excedan el 25% del Monto del acuerdo y cualquier interés acumulado sobre este monto.  Además, el reembolso de gastos no excederá los $75,000 y cualquier interés acumulado sobre este monto. Si el monto solicitado por el Abogado principal es aprobado por el Tribunal, el costo promedio de los honorarios sería aproximadamente de $0.24 por acción. Además, se solicitará una indemnización por el tiempo y los gastos incurridos por los Demandantes, que no excederá los $10,000 para el Demandante principal y los $5,000 para el Demandante Branden Schenkhuizen.
  • Identificación de los representantes de los abogadosLas solicitudes de información adicional sobre la Demanda, este Aviso o el Acuerdo pueden ser enviadas al Abogado principal: Adam M. Apton, Levi & Korsinsky, LLP, 1160 Battery Street East, Suite 100, San Francisco, CA 94111, (415) 373-1671.  No llame al Tribunal para hacer preguntas sobre el Acuerdo.

[1] Todos los términos en mayúsculas que no estén definidos de alguna forma en este aviso tendrán el mismo significado que el indicado en la Estipulación de acuerdo, fechada el 21 de octubre de 2025 (la “Estipulación”).

SUS DERECHOS Y OPCIONES LEGALES EN ESTE ACUERDO

SUS DERECHOS Y OPCIONES LEGALES EN ESTE ACUERDO
ENVÍE UN FORMULARIO DE RECLAMACIÓN ANTES DEL 20 DE ABRIL DE 2026 Es la única manera de recibir un pago. Consulte la Pregunta 8 a continuación para obtener más información.
EXCLÚYASE DE LA DEMANDA COLECTIVA ANTES DEL 5 DE MARZO DE 2026 No reciba ningún pago. Esta es la única opción que, suponiendo que su reclamación se presente a tiempo, podría permitirle presentar o ser parte de otra demanda contra los Demandados o las otras Partes de los Demandados exonerados respecto de las Demandas de los Demandantes exonerados. Consulte la Pregunta 11 a continuación para obtener más información.
PRESENTE UNA OBJECIÓN ANTES DEL 5 DE MARZO DE 2026 Escríbale al Tribunal con sus objeciones al Acuerdo, al Plan de distribución o a la solicitud de honorarios de abogados. Si objeta, seguirá participando en la demanda colectiva. Consulte la Pregunta 15 a continuación para obtener más información.
ASISTA A UNA AUDIENCIA EL 2 DE ABRIL DE 2026 Y PRESENTE UN AVISO DE INTENCIÓN DE COMPARECER ANTES DEL 5 DE MARZO DE 2026 Los participantes de la demanda colectiva tendrán permiso para comparecer y declarar ante el Tribunal si presentan una objeción por escrito. Consulte la Pregunta 19 a continuación para obtener más información.
NO HAGA NADA No reciba el pago Y renuncie a sus derechos de presentar su propia demanda individual.